En diferentes ocasiones nos podemos encontrar con ciertos problemas a la hora de facturar. De todos ellos, sin duda el más importante son las facturas impagadas. El mero hecho de no cobrar supone un problema que si no se trata adecuadamente puede llevar a una empresa a la ruina, por eso es importante conocer todo lo relacionado con el impago y las consecuencias del mismo.
¿Qué es la prescripción en una factura?
No todas las facturas se cobran al momento. En muchos casos se trabaja con pagos diferidos, a 30, 60, 90 o incluso más días, y ahí es donde juega un papel importante la prescripción.
Básicamente, el plazo de prescripción de una factura es el plazo durante el cuál el emisor (vendedor) puede reclamar el pago al receptor de la factura (comprador). Transcurrido el plazo de prescripción expira ese derecho y por tanto no se podrá reclamar monto alguno, salvo causas excepcionales.
¿Cuándo se presenta la prescripción de una factura?
Tal como explicamos antes, cuando una factura prescribe el emisor no tendrá derecho a reclamar el cobro.
Para que se aplique la prescripción se deben cumplir estos supuestos:
- Que el vendedor y emisor de la factura no haya hecho un reclamo de pago formal.
- El comprador y deudor no ha reconocido la obligación de hacer el pago de la factura.
Si alguna de estas dos cosas no han sucedido cuando la factura prescriba, el vendedor del producto no tendrá derecho a reclamar el pago que le deben.
¿Cuándo prescriben las facturas?
Hace poco, en el 2015, se modificó el plazo de prescripción de las facturas. Esta información la puedes encontrar en el artículo 1964 del Código Civil, y específicamente en la Ley 42/2015.
Este cambio ha reducido el tiempo en el cual prescriben las facturas, y ha establecido que:
- Las deudas que se mantengan entre empresas y/o autónomos tendrán una prescripción de 5 años
- Las deudas de facturas de particulares prescriben a los 3 años.
- Si es una deuda de un préstamo prescribirá a los 5 años.
- La prescripción de las deudas de hipoteca será de 20 años.
- En caso de que exista una deuda con la administración esta se extinguirá en 4 años.
- Cuando se tiene deudas de alquiler y suministros de servicios prescribe a los 5 años.
¿Cómo evitar que una factura prescriba?
Para que una factura no prescriba, es importante que se le dé seguimiento al caso. Esto se puede hacer mediante notificaciones con reclamaciones y se tienen dos vías para hacerlas. Estas son:
📌Reclamación por vía amistosa
Este tipo de reclamo se suele hacer durante los primeros días o meses en los que no se ha hecho el pago de la factura. Lo común es que se redacte una carta con tono amistoso en el que se le recuerde al comprador que tiene un compromiso de pago que no ha cumplido. Esta carta se puede enviar por correo aunque también se puede entregar de forma personal.
En cualquier caso, debe incluir el número de la factura impagada, la fecha en la que se emitió y el importe. También debe tener el día, mes y año en el que se ha enviado además de tus datos de contacto para conversar y los datos para realizar la transferencia bancaria. Es de suma importancia que esta carta tenga firma. Así se validará que su contenido es verdadero.
📌Reclamación por proceso monitorio
Los procesos monitorios no suelen comenzarse en el primer momento. Lo común es que se agote la vía amistosa y si el comprador del producto o servicio no ha dado respuesta, lo correcto es iniciar el proceso. Además, esto se utiliza cuando el impago de la factura se ha prolongado demasiado.
Si ya tienes una prueba de que has hecho una notificación amistosa, podrás hacer una reclamación por vía judicial o por el proceso monitorio.
¿Cómo se recupera el IVA de una factura impagada?
Cuando se tiene una factura impagada, el vendedor tiene el derecho a recuperar el IVA que se calculó y se declaró ante a Hacienda. Solo ten en cuenta que este es un proceso un poco largo y que puede tardar bastante tiempo.
Para que el cobro se pueda hacer, ten en cuenta que:
- El comprador del servicio y deudor deber ser un autónomo o empresa.
- El IVA que quieras recuperar debió haberse liquidado y registrado en la contabilidad.
- La factura impagada, debe tener una emisión mayor a 6 meses.
- Antes de hacer la recuperación debes hacer un reclamo formal del pago con un notario o por vía judicial.
- Necesitarás emitir una factura rectificativa.
- Tienes que presentar el modelo 303 y con ello los documentos que validen el impago.
- Enviar copia de todo a la Agencia Tributaria.
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